Las bases reguladoras de este Programa se regirán por Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
La adquisición podrá ser directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
Los vehículos incentivables serán de categorías M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas eléctricas) y L6e, L7e (cuadriciclos eléctricos), debiendo figurar en la Base de Vehículos del IDAE.
Personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R, W y Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
También serán destinatarios últimos de las ayudas las Entidades locales y sector público institucional.
Asimismo, las administraciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán llevar a cabo inversiones directas en una o varias de las tipologías de actuación contempladas por el anexo I, en los términos y condiciones establecidos por este real decreto.
El Moves III contempla tres grupos diferentes según cuantía de la ayuda para la adquisición de motos/cuadriciclos eléctricos.
En estos tres casos, si eres particular o autónomo, la ayuda oscilará entre los 1.100 y los 1.300 euros (en este último caso a cambio de entregar una moto térmica para achatarrar). Esos 1.300 euros, por tanto, serán la ayuda máxima del Plan Moves III para motos que tienen estipulado un precio máximo para el vehículo adquirido, que no podrá superar más de 10.000 euros.
Si eres empresa, estas cantidades varían (ver tabla).
Las ayudas para la adquisición de un turismo M1 variará, principalmente, según las motorizaciones.
Si lo que quiere adquirir es una furgoneta o camión ligero N1, deberá tener una autonomía igual o mayor de 30 km, sin límite en el precio del vehículo, puede bonificarse con 7.500, o 9.000 euros si es con achatarramiento.
Si eres empresa, estas cantidades varían (ver tabla).
La ayuda puede incrementarse si:
Si eres particular, un autónomo o administración económica: Desde el 10 de abril de 2021. Una vez publicada la convocatoria debes formalizar la solicitud.
Para turismos o furgonetas, el punto de venta debe hacer constar en la factura un descuento adicional de al menos 1.000€ para que sea subvencionable.
Si eres una persona o entidad pública con actividad económica: Debes esperar a que se publique la convocatoria para registrar una solicitud de ayuda. A partir de la fecha de registro, puedes adquirir el vehículo (factura y justificante de pago de fecha posterior al registro).
Motorización | Categoría | Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km) Según ciclo WLTP | Límite precio venta vehículo (€) sin IVA o IGIC | Ayuda (€) | |
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Sin achatarramiento | Con achatarramiento | ||||
Pila combustible (FCV,FCHV) | M1 | - | - | 4.500 | 7.000 |
PHEV EREV BEV | Mayor o igual de 30 y menos de 90 | 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas) | 2.500 | 5.000 | |
Mayor o igual de 90 | 4.500 | 7.000 | |||
PHEV EREV BEV Pila combustible | N1 | Mayor o igual de 30 | - | 7.500 | 9.000 |
BEV | L6e | - | 1.400 | 1.600 | |
L7e | 1.800 | 2.000 | |||
L3e, L4e, L5e, con P≥ 3 3KW | Mayor o igual de 30 | 10.000 | 1.000 | 1.300 |
Motorización | Categoría | Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km) Según ciclo WLTP | Límite precio venta vehículo (€) sin IVA o IGIC | Ayuda (€) | |||
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Sin achatarramiento | Con achatarramiento | ||||||
PYME | Gran empresa | PYME | Gran empresa | ||||
Pila combustible (FCV, FCHV) | M1 | - | - | 2.900 | 2.200 | 4.000 | 3.000 |
PHEV EREV BEV | Mayor o igual de 30 y menos de 90 | 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas) | 1.700 | 1.600 | 2.300 | 2.200 | |
Mayor o igual de 90 | 2.900 | 2.200 | 4.000 | 3.000 | |||
PHEV EREV BEV Pila combustible | N1 | Mayor o igual de 30 | - | 3.600 | 2.900 | 5.000 | 4.000 |
BEV | L6e | - | 800 | 800 | 1.000 | 1.000 | |
L7e | 1.200 | 1.200 | 1.500 | 1.500 | |||
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3 3KW | Mayor o igual de 30 | 10.000 | 750 | 700 | 950 | 900 |
Bases MOVES III: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/programa-moves-iii
Vehículos subvencionables MOVES III: https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III